INSTITUTO HERO

POLÍTICA DE ANTICIPO

CONVENIO ENTRE HERO INSTITUTE Y EL PACIENTE

Estas sencillas cláusulas le brindarán la información que usted necesita acerca de nuestra metodología de trabajo, y servirán como una guía en la resolución de dudas y/o conflictos que se pudieran presentar.


POLÍTICAS DE ANTICIPO

El presente documento es un acuerdo voluntario entre usted como Paciente y HERO Institute como su IPS escogida para realizar un procedimiento medico o quirúrgico de restauración capilar o una micropigmentación del cuero cabelludo. Al contratar los servicios de HERO Institute, usted debe haber leído y aceptado los términos y condiciones redactados en este convenio, ya que en éste se enumeran los derechos y obligaciones para ambas partes.


CLÁUSULA PRIMERA. ANTICIPO.

Para la separación de cada día de procedimiento se deberá realizar un anticipo de COP $2.000.000 o 500 USD, que se utilizarán para la reserva del día quirúrgico, la sala donde se realizará la intervención, así como la programación del equipo de enfermeras y el personal médico.


CLÁUSULA SEGUNDA. PAGO DEL PROCEDIMIENTO.

El procedimiento debe ser pagado en su totalidad al menos tres (3) días hábiles antes de la realización del mismo, de lo contrario HERO Institute podrá hacer uso del espacio reservado para ser utilizado por otro paciente. En este caso, se entenderá que el paciente re- agendara su procedimiento y se procederá de acuerdo a la clausula tercera de este acuerdo.


CLÁUSULA TERCERA. REPROGRAMACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

Cualquier reprogramación del procedimiento por parte del Paciente con una antelación mayor a diez (10) días calendario no dará lugar a ningún tipo de retención económica.


Si la reprogramación del procedimiento por parte del paciente se da en un termino entre cuatro (4) y diez (10) días calendario se hará una retención del 5% del valor del procedimiento.  


Si la reprogramación del procedimiento por parte del Paciente se da con tres (3) días o menos antes del procedimiento, se hará una retención del 10% del valor del procedimiento, como una compensación por gastos administrativos y el lucro cesante ocasionado. 


CLÁUSULA CUARTA. CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR PARTE DEL PACIENTE.

Las cancelaciones que se produzcan con una antelación mayor a siete (7) días calendario darán derecho a HERO Institute a retener el 5% del valor del procedimiento por los gastos administrativos ocasionados.


Cualquier cancelación del procedimiento por parte del Paciente entre tres (3) y siete (7)  días calendario dará derecho a HERO Institute a retener el 10% del valor del procedimiento y la misma se entiende como una compensación por el lucro cesante ocasionado. 


Se hará una retención del 25% del valor del procedimiento si el paciente cancela hasta cuarenta y ocho (48) horas previas al procedimiento y la misma se entiende como una compensación por el lucro cesante ocasionado. 


Cuando el pago se efectúa a través de tarjeta de crédito El paciente asumirá la comisión; así como los gastos operativos financieros y la TRM que se ocasionen en cualquier devolución.


CLÁUSULA QUINTA. RENUNCIA.

El paciente voluntariamente renuncia a iniciar cualquier reclamación, judicial o extrajudicial tendiente a obtener la devolución del valor descontado del anticipo. Con la realización del primer anticipo, estará dando aprobación a la política de devoluciones de HERO Institute.

 

CLÁUSULA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD. 

Tanto el Paciente como HERO Institute mantendrán confidencialidad absoluta sobre este documento y/o cualquier dato, materiales, pormenores, informaciones, información técnica o comercial que le ha sido revelada directa o indirectamente en desarrollo de la relación médico - paciente. Cualquier violación al deber de confidencialidad dará derecho a la otra parte a exigir el valor total de los perjuicios sufridos y demostrables, como consecuencia del deber incumplido. Esta Cláusula de confidencialidad obliga a las partes, no sólo durante la ejecución del Contrato sino hasta por dos (2) años más.


CLÁUSULA SEPTIMA. PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN PERSONAL. 

HERO Institute asume la obligación constitucional, legal y jurisprudencial de proteger los datos personales a los que acceda y trate con ocasión de este contrato. Por tanto, deberá adoptar las medidas que le permitan dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario, Ley 1266 de 2008, ésta última en lo que le sea aplicable. La política de tratamiento de datos podrá ser consultada en el siguiente link: https://www.heroinstitute.co/es-co/politica-de-privacidad.


CLÁUSULA OCTAVA. ORIGEN DE INGRESOS.

 Las Partes declaran que tanto los recursos utilizados en la ejecución de las obligaciones contraídas y a favor del presente contrato, como sus ingresos, productos bienes y servicios, provienen de actividades lícitas, y no se encuentran en curso de un proceso de extinción de dominio o en riesgo de estarlo; que los recursos obtenidos con el presente contrato no serán utilizados para la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva; que no se encuentra en listas para el control de lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, administradas por cualquier autoridad o entidad nacional o extranjera, tales como las listas de OFAC y ONU, y que, en consecuencia, se obliga a responder frente a la otra Parte por todos los perjuicios que se llegaren a causar como consecuencia del incumplimiento de esta declaración. 


CLÁUSULA NOVENA DE SALVAGUARDA. 

Las cláusulas del presente contrato son independientes y deben ser consideradas una a una, de tal forma que si alguna de ellas pasara a ser inválida, ilegal o inejecutable en virtud de alguna norma jurídica, se considerará ineficaz en la medida que corresponda, pero en lo demás, este contrato conservará su validez y eficacia en cuanto al resto del contenido, estipulaciones y obligaciones. 

Las partes acuerdan sustituir la cláusula o cláusulas afectadas de invalidez, ilegalidad o imposibilidad de ejecutar por otra u otras que tengan los efectos económicos más parecidos a los de las sustituidas.

 

CLÁUSULA DÉCIMA. MANIFESTACIÓN DE ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD.

El Paciente manifiesta expresamente que ha leído en su totalidad el presente documento y que está de acuerdo con todas y cada una de las condiciones aquí plasmadas relativas al pago del anticipo y su retención en caso de no realizarse el procedimiento.

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